NUESTRO DECANO PARTICIPÓ DEL ACTO EN EL QUE SE OFICIALIZÓ QUE LAS RECETAS DE LOS VETERINARIOS TENDRÁN LA MISMA VALIDEZ QUE LAS DE LOS MÉDICOS

La reunión estuvo encabezada por el presidente de la Nación, Alberto Fernández y contó, además, con la presencia de representantes de instituciones vinculadas a la profesión. La medida implica un avance significativo en el proceso de jerarquización de las ciencias veterinarias en el campo de la salud.

Mediante un decreto, el gobierno nacional modificó la ley que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica y habilitó de ese modo a las farmacias a suministrar medicamentos de su vademécum ante la presentación de recetas firmadas por médicos veterinarios, para uso en animales de compañía.

La medida, impulsada por el Ministerio de Salud, se anunció en una reunión de la participaron el presidente de la Nación, Alberto Fernández, el Decano de nuestra Facultad, Marcelo Pecoraro y el Decano de la Facultad de Ciencias Veterinarias de las UBA, Alejo Pérez Carreras -en su carácter de vicepresidente y presidente del Consejo Nacional de Decanos y Decanas de Veterinaria (CONADEV), respectivamente- junto a autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad  Agroalimentaria (SENASA), del Programa Protenencia, de la Federación Veterinaria Argentina (FEVA) y de la Federación de Colegios y Consejos de Veterinarios de la República Argentina (FECOVET).

El objetivo del decreto es poner en consideración la actividad de los veterinarios y, al habilitar a las farmacias a recibir recetas prescriptas por Médicos Veterinarios debidamente matriculados, favorecer un enfoque integral para prevenir y manejar las enfermedades que constituyen amenazas para la salud ligadas a la interrelación entre humanos, animales y ambiente. Implica, por tanto, un avance significativo en el proceso de jerarquización de la profesión veterinaria, que a partir de ahora queda equiparada, en el campo de la salud, a la medicina y la odontología.

En el mismo sentido, el ministerio de Salud de la Nación expidió en febrero una resolución en la que considera de interés sanitario la actividad que desarrollan los y las profesionales veterinarios y veterinarias, en la prevención y el manejo de enfermedades, incluidas las transmisibles a las personas, en el marco de la política “Una Salud” y solicitó anexarlos al Registro Federal de Profesionales de Salud (REFEPS).

La farmacopea veterinaria consta de una gran variedad de productos especialmente diseñados y desarrollados para su uso en varias especies animales. No obstante, existen productos para seres humanos en base a fármacos que no existen en veterinaria, pero son necesarios para tratar ciertas dolencias de los animales. Cuando esto ocurre el veterinario puede recurrir a productos de uso humano. El veterinario que prescribe un medicamento de uso humano debe conocer muy bien la farmacología de ese producto y hacerse responsable de sus resultados para que no existan confusiones respecto de la mencionada modificatoria de la ley.

El decreto no habilita a las farmacias a comercializar productos veterinarios (esta es una actividad reservada a esta profesión), ni a las veterinarias a vender medicamentos de uso humano para sus pacientes. El único cambio que se produjo es que ahora el farmacéutico podrá aceptar formalmente la receta de un veterinario matriculado para que el propietario adquiera ahí el producto para su animal.

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