Requisitos para la inscripción de estudiantes extranjeros
Atento a los requisitos exigidos por la Dirección Nacional de Migraciones para el ingreso y permanencia legal en el país de ciudadanos extranjeros, la Presidencia de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) dispuso mediante Resolución 736/05 que aquellos estudiantes extranjeros que no posean Documento Nacional de Identidad (DNI) presenten al momento de su inscripción las siguientes documentaciones:
Ciudadanos de países integrantes del Mercado Común del Sur (Mercosur)
- Documento de Identidad del país de origen.
- Partida de nacimiento debidamente legalizada.
Ciudadanos de países que no integran el Mercosur
- Pasaporte con visa de estudiante.
- Partida de nacimiento debidamente legalizada.
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| REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN |
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| PLAN DE ESTUDIO |
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a) Identificación de la carrera (título descriptivo completo). Ej.: Carrera de Maestría en ...
b) Condiciones y requisitos que se determina para la inscripción de los aspirantes: se especificará título universitario de prerrequisito, propuesta del sistema de admisión, cupo o proceso de selección (entrevistas, rendimiento académico en el pregrado, prueba de admisión, etc.).
c) Unidad responsable: Cátedra/s, Director y Subdirector de la carrera.
d) Fundamentos y perfil del título de la carrera (describir las características en términos de capacidades y conocimientos que acreditará el título).
e) Definición de objetivos generales y específicos.
f) Plan de estudio: deberá explicitar el tipo de contenidos en forma de programa analítico, sean éstos organizados en cursos, seminarios, prácticas, etc. En cada caso se deberá señalar la relación entre actividades teóricas y prácticas y la carga horaria respectiva.
g) Las carreras de Maestría contarán con un mínimo de 540 horas reales dictadas, además de un mínimo de 160 horas de tutoría y tareas de investigación en la Universidad, sin incluir las horas dedicadas al desarrollo de la tesis.
h) Modalidad de evaluación y seguimiento.
i) Duración de la carrera.
j) Recursos disponibles: infraestructura física, materiales, equipos de docencia, animales de experimentación, acceso a bibliotecas y centros de documentación, equipamiento informático, redes de información y comunicación, etc.
k) Financiamiento: arancel, convenios existentes o en trámite.
l) Cuerpo docente: Se deberá agregar la nómina de todos los docentes que participarán en el dictado de la carrera, adjuntando sus curriculum vitae. Los docentes de cada curso podrán ser estables, invitados o libres, asegurando las proporciones que establece la normativa superior.
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| ORGANIZACIÓN |
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a) Las Carreras de Maestría deberán tener un Director, un Subdirector y un Secretario. El Director y Subdirector deberán desempeñar el cargo de Profesor Ordinario o Extraordinario de la Facultad. Preferentemente el Secretario deberá ser un egresado de la carrera.
b) El Director, el Subdirector y el Secretario serán designados y removidos por el Honorable Consejo Académico. Sus mandatos durarán el periodo de desarrollo de la carrera, y sus nombramientos podrán ser renovados.
c) Son funciones del Director:
.. Conducir la carrera de Maestría
.. Supervisar el desarrollo de la misma en todas sus etapas.
.. Proponer los docentes que dictarán las asignaturas a la Comisión de Grado Académico para su posterior tratamiento en el HCA.
.. Remitir a la Secretaría de Posgrado sus proyectos de actividades anuales relacionados con la carrera.
.. Comunicar al Decano por intermedio de la Secretaría de Posgrado su decisión fundada sobre la apertura de la inscripción.
.. Elevar para la consideración de la Comisión de Grado Académico la propuesta de designación del Secretario. .. Elevar a la Secretaría de Posgrado para su posterior evaluación por el HCA un informe anual de las actividades desarrolladas durante el período.
d) Son funciones del Subdirector:
.. Asistir al Director en sus funciones y colaborar desarrollando las funciones que éste le asigne.
.. Reemplazar al Director en caso de ausencia temporaria o permanente. e) Son funciones del Secretario:
.. Colaborar orientando y guiando a los alumnos de la carrera. .. Colaborar con el área administrativa de la Secretaría de Posgrado.
f) Comité Académico: Estará integrado por:
1.- Un Profesor o Profesional externo a la Facultad, de méritos reconocidos en el campo de la Maestría
2.- Tres Profesores integrantes de la Comisión de Grado Académico. 3.- Un representante del Colegio de Médicos Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires que posea antecedentes relevantes en la Maestría.
Cada uno de los miembros del Comité Académico tendrá su correspondiente suplente.
Todos los miembros del Comité Académico serán designados por el HCA. El conjunto de Directores de carrera conformará un órgano consultor permanente de la Comisión de Grado Académico, podrán ser convocados en caso de introducirse innovaciones en la organización y funcionamiento de las carreras.
g) El Director del trabajo final deberá ser Profesor de la Universidad Nacional de La Plata o poseer antecedentes científicos, académicos o profesionales relevantes en la Maestría. Cada Director podrán tener a su cargo un máximo de 5 (cinco) trabajos finales, proyectos, obras o tesis a su cargo (incluyendo los de otras carreras de posgrado).
h) Codirección del Trabajo Final.
El aspirante deberá contar con un Codirector en los casos en que el lugar de trabajo elegido para el desarrollo del trabajo final no pertenezca a esta Unidad Académica, o cuando el director no perteneciera a la FCV, en cuyo caso el Codirector deberá ser profesor de la misma.
Podrá optar por un Codirector cuando la naturaleza del tema propuesto lo justifique.
Cada Codirector podrá tener a su cargo un máximo de 5 (cinco) trabajos finales, proyectos, obras o tesis a su cargo (incluyendo los de otras carreras de posgrado).
i) Elección del tema del Trabajo Final y elaboración del Plan. El Director y Codirector, junto con el aspirante, seleccionarán el tema del Trabajo Final y elaborarán el Plan respectivo.
j) Aprobación de la Propuesta de Director y Codirector, Plan de Trabajo Final y Actividades de formación.
La propuesta de designación del Director y Codirector de Trabajo Final, así como la planificación, el tema y el plan de trabajo final serán elevados al Comité Académico, quien propondrá a su vez al HCA la aceptación, rechazo o sugerencias de modificaciones. Tanto el plan como el trabajo final deberán regirse por las normas establecidas en el reglamento de doctorado vigente.
k) Evaluación del desarrollo de la Carrera y del Plan de Trabajo Final.
.. El Director de la Carrera, el Comité Académico, el Director y el Codirector de Trabajo Final, serán responsables de asesorar, dirigir y evaluar el desarrollo de las actividades de formación del aspirante. .. El Director del Trabajo Final será responsable de asesorar, dirigir y evaluar el desarrollo del mismo.
l) Características del Trabajo Final. El Trabajo Final para obtener el título de Magíster deberá ser de relevancia, creativo e individual, con la metodología propia del tema elegido.
m) Plazos para la presentación del Trabajo Final. El trabajo final de maestría deberá ser presentado al Comité Académico a partir de cumplido un año de la aprobación del plan, en cuanto el aspirante hubiere cumplido las actividades de posgrado previstas en esta Ordenanza.
n) Aprobación del Trabajo Final de Tesis.
.. La aprobación del Trabajo Final de Tesis estará a cargo de un Jurado integrado por tres (3) miembros titulares y dos (2) miembros suplentes que deberán ser, profesores de la UNLP, de otras Universidades Nacionales o extranjeras o profesionales de reconocido prestigio en el tema de la Maestría.
.. El comité académico propondrá a la CGA el Jurado encargado de evaluar el Trabajo Final de Tesis de Maestría, el que será designado por el HCA.
.. El Director del Trabajo Final podrá asistir a las reuniones del Jurado y tendrá voz pero no voto.
.. La aprobación del Trabajo Final de Tesis será por simple mayoría de votos de los miembros del Jurado. En el caso de sugerir el Jurado modificaciones, el aspirante deberá considerarlas y efectuar una nueva presentación, dentro de los cuarenta y cinco días posteriores a la notificación de las mismas.
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(Anverso)
REPUBLICA ARGENTINA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
FACULTAD DE
El Presidente de la Universidad y el Decano (o Director de)
natural de ____________________________________________________________
egresado de la Universidad
de__________________________________________________ Facultad de
________________________________________________________________ ha
cumplido con los requisitos reglamentarios del Plan de Estudios para el grado
Académico de Magíster en
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Por lo tanto, de acuerdo con las disposiciones vigentes se le otorga el Grado Académico de Magister en _____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
La Plata, ______ de ___________ de _____
(Reverso)
Titulo del Trabajo Final: _________________________________________________
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Calificación obtenida: _____________________________________________
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Cursos Acreditados: _______________________________________________________
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| ASPECTO CONTABLE |
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Los fondos recaudados se distribuirán de acuerdo con las normas respectivas vigentes en la Facultad.
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La falta de pago del arancel hará pasible al deudor de ser excluido de los cursos correspondientes a su Carrera.
El compromiso de pago anual se reiterará al iniciarse cada año lectivo quedando comprendidos todos los alumnos de las Carreras.
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