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La Secretaría de Posgrado informa que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 48 de la Ordenanza Nº261 de la UNLP (Resolución Nº16/12), se ha modificado el Artículo 11 del Reglamento de la carrera de Doctorado en Ciencias Veterinarias, el que en adelante queda redactado así:
Artículo 11:
Para la dirección de la tesis se podrá proponer alguna de las siguientes alternativas (ordenanza 261 - UNLP):
- Un Director
- Dos Directores
- Un Director y un Codirector
La figura de Director deberá ser cubierta por un profesor y/o docente con grado de Doctor de la FCV. Si las circunstancias lo justificaran, para la dirección se podrá proponer a un profesor y/o Doctor de otra Unidad Académica de la UNLP, de otra Universidad Nacional o bien Investigador Independiente. Si el Director no perteneciera a la FCV, el doctorando deberá contar con un segundo Director o Codirector que sea profesor y/o docente con grado de Doctor de esta Facultad. La designación del Director/Directores como del Codirector deberá ser aprobada por la CGA y el CD. Asimismo, en el caso de que el tesista desarrolle sus actividades fuera del ámbito de esta Facultad, la Dirección o la Codirección deberá pertenecer al ámbito donde el tesista desarrollará sus tareas.
El doctorando podrá proponer la designación de un segundo Director cuando la naturaleza del tema propuesto justifique la participación de dos o tres especialistas, o bien cuando el desarrollo del trabajo exija la ejecución de tareas fuera del ámbito de la FCV. El Codirector deberá reunir para su designación los mismos requisitos que el Director, asimismo podrá ser un profesional con excelencia científica reconocida, perteneciente a este o a cualquier otro organismo de docencia, investigación o desarrollo, público o privado.
Requisitos para la inscripción de estudiantes extranjeros
Atento a los requisitos exigidos por la Dirección Nacional de Migraciones para el ingreso y permanencia legal en el país de ciudadanos extranjeros, la Presidencia de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) dispuso mediante Resolución 736/05 que aquellos estudiantes extranjeros que no posean Documento Nacional de Identidad (DNI) presenten al momento de su inscripción las siguientes documentaciones:
Ciudadanos de países integrantes del Mercado Común del Sur (Mercosur)
- Documento de Identidad del país de origen.
- Partida de nacimiento debidamente legalizada.
Ciudadanos de países que no integran el Mercosur
- Pasaporte con visa de estudiante.
- Partida de nacimiento debidamente legalizada.
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| Matrícula** | Arancel | |
| Inscriptos antes del 10 de junio de 2005 | - | $ 75* |
| Graduados de esta Facultad | $ 300 | $ 100* |
| Graduados de otras facultades nacionales | $ 600 | $ 200* |
| Profesionales extranjeros | U$s 400 | U$s 100* |
** Se paga por única vez en el momento de la inscripción.
"Las inscripciones a las actividades de posgrado se podrán abonar en esta Secretaría, o bien, por depósito bancario a la cuenta de la Fundación Facultad de Ciencias Veterinarias de la UNLP.
Banco Galicia
Cuenta Corriente Nº 5953/8-172/5
CBU: 0070172920000005953853
En caso de elegir la segunda opción, será IMPRESCINDIBLE que el interesado envíe por fax al (0221) 425-7980, el talón de depósito o transferencia, su nombre y apellido y el nombre de la actividad en la que se inscribe."



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